Se requiere una Auditoría de cuentas anuales obligatoria para empresas a las que se aplica la Ley de Sociedades de Capital (sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad cooperativa, etc.) cuando durante dos ejercicios consecutivos presenten dos de los tres requisitos siguientes:
- Total, de activos supere los 2.850.000 euros.
- Importe neto de la cifra de negocios anual supere los 5.700.000 euros.
- Número medio de empleados supere los 50.